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EXENCION USO OBLIGATORIO TACOGRAFO
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Realizada consulta a la Direccion General de Transportes del Ministerio de Fomento sobre si la exencion del uso obligatorio de tacografo en lo vehículos que efectuan servicios regularesde viajeros de menos de 50 kilometros incluye tanto a los servicios regulares de uso general como a los de uso especial, nos comunican lo siguiente: |
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CINTURONES DE SEGURIDAD
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Estimado Asociado: Ante las diversas informaciones aparecidas en los medios de comunicación en relación al uso e instalación de los cinturones de seguridad en el transporte de viajeros por carretera, te recordamos que:
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SE RETRASA LA PUBLICACION DE LA ORDEN MINISTERIAL SOBRE EL NUEVO REGIMEN DE AUTORIZACIONES DE TRANSPORTE.
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De conformidad con la información verbal recibida de la Subdirección General de Normativa del Ministerio de Fomento, como consecuencia de aspectos de tramitación, se va a retrasar la publicación de la Orden Ministerial por la que se establece el nuevo régimen de autorizaciones de transporte y, en consecuencia también su entrada en vigor, que está prevista probablemente para el próximo día 16 de abril.
En el momento en que dispongamos de más información, lo pondremos en vuestro conocimiento.
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ANALISIS DETALLADO DE LA NORMA QUE ESTABLECERÁ EN FEBRERO EL NUEVO REGIMEN DE AUTORIZACIONES DE TRANSPORTE DE MERCANCIAS.
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Las principales novedades que introduce la Orden Ministerial que entrará en vigor a mediados de Febrero son:
1º) Una única autorización por empresa: Cada empresa de transporte, sea autónomo o sociedad, tendrá una única autorización y, por tanto, con una única numeración. Se otorgarán además tantas copias de dicha autorización como vehículos tenga la empresa, pero para evitar fraudes cada copia de la autorización llevará reflejada la matrícula del vehículo a la que va adscrita. La convalidación de las tarjetas se hará en el visado de 2008.
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REUNIÓN CON EL MINISTERIO DE FOMENTO PARA ANALIZAR EL PROYECTO DEFINITIVO DEL NUEVO RÉGIMEN DE AUTORIZACIONES DE TRANSPORTE.
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Este miércoles 13 de Diciembre se ha celebrado en la sede del Ministerio de Fomento una reunión entre el Subdirector General de Normativa del Ministerio de Fomento, Emilio Sidera y las organizaciones de transportistas que integran el Comité Nacional de Transportes para conocer el proyecto definitivo que ha elaborado el Ministerio de Fomento sobre el nuevo régimen de autorizaciones de transporte y que no se publicará en el BOE hasta finales de Enero( por tanto, hasta dicha fecha no entrará en vigor) |
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NOTA SOBRE LA APLICACIÓN EN ESPAÑA DEL GASÓLEO PROFESIONAL
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La Directiva 2003/96/CE del Consejo, de 27 de octubre de 2003, por la que se reestructura el régimen comunitario de imposición de los productos energéticos y de la electricidad, establece la posibilidad para que los Estados miembros creen una diferencia entre el uso profesional y no profesional del gasóleo, utilizado como carburante de automoción, siempre que se respeten los niveles comunitarios mínimos y que el tipo aplicable al gasóleo profesional utilizado como carburante de automoción, no sea inferior al nivel nacional vigente a 1 de enero de 2003. El nivel impositivo vigente en España desde el 1 de enero de 2003 es de 293,86 € por mil litros, a los que hay que añadir el denominado céntimo sanitario y el IVA. |
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EN TRAMITE EL PROYECTO DE LEY DEL GASOLEO PROFESIONAL Y DE EXENCIÓN DEL TRAMO AUTONÓMICO DEL IMPUESTO SANITARIO SOBRE CARBURANTES.
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En desarrollo de los Acuerdos Gobierno-Asociaciones, suscritos el pasado mes de Octubre, se está tramitando en la actualidad en el Parlamento el proyecto de Ley por el que se crea la figura del gasóleo profesional para el transporte por carretera así como por el que se faculta a las Comunidades Autónomas que hayan aplicado el impuesto sanitario sobre los carburantes a devolverlo a los transportistas que lo hayan soportado. Se espera que el proyecto de Ley sea aprobado a finales del mes de Octubre (una vez que ayer fue aprobado en el Senado y ha pasado al Congreso) y entre en vigor el 1 de Enero. |
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EL MINISTERIO DEL INTERIOR CALIFICA DE FRAUDE DE LEY LA MANIPULACIÓN DE LAS FICHAS TÉCNICAS EN CAMIONES DE OBRAS Y HORMIGONERAS Y ACUERDA SU ANULACIÓN.
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El Ministerio del Interior ha dado respuesta a la denuncia presentada por Fenadismer el pasado 4 de Septiembre (ver nota de dicha fecha), en la que se solicitaba a los Ministerios del Interior e Industria que se investigara y erradicara la “trama” formada por determinados concesionarios de vehículos, gestores y estaciones de inspección técnica de vehículos, mediante la cual a cambio de una comisión en dinero negro se modifican las fichas técnicas y los permisos de circulación para permitir llevar una mayor carga de mercancía en el vehículo, incumpliendo de forma manifiesta los pesos máximos autorizados establecidos en la normativa vigente sobre seguridad vial (Reglamento General de Vehículos). |
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CINTURONES DE SEGURIDAD
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En el BOE del día 5 de septiembre se ha publicado el Real Decreto 965/2006, de 1 de septiembre, por el que se modifica el Reglamento General de Circulación, aprobado por el Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre. |
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EXAMENES DEL TRANSPORTE DE MERCANCIAS Y VIAJEROS
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FECHA EXAMEN:
- TRANSPORTE INTERIOR e INTERNACIONAL DE MERCANCIAS SABADO 03 DE JUNIO DE 08´00 A 12´00 HORAS - TRANSPORTE LIGERO MERCANCIAS AUTONOMICA SABADO 03 DE JUNIO DE 13´00 A 14´00 HORAS
- TRANSPORTE INTERIOR e INTERNACIONAL DE VIAJEROS SABADO 10 DE JUNIO DE 09´00 A 13´00 HORAS
SOLICITUDES:
- PLAZO HASTA EL DIA 20 DE ABRIL DE 2006 - TASA DE 17´88 Euros - LAS SOLICITUDES SE ENCUENTRAN EN APETAM
NECESARIO PARA EL DIA EL EXAMEN:
- BOLIGRAFO - CALCULADORA SIN MEMORIA - D.N.I. EN VIGOR - COPIA DE LA SOLICITUD CON TASA PAGADA |
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RESTRICCIONES DE CIRCULACION DE TRAFICO PARA EL AÑO 2006 EN EL ESTADO ESPAÑOL.
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En el B.O.E de fecha 9 de marzo de 2006 ha sido publicada la Resolución de fecha 27 de febrero de 2006 de la Dirección General de Tráfico para la que se establecen medidas especiales de regulación de tráfico durante el año 2006 (el texto completo podrá ser consultado en la página de Internet de la Dirección General de Tráfico www.dgt.es). |
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RESOLUCION DEL MINISTERIO DE FOMENTO SOBRE LA FECHA DE EXIGENCIA DEL TACOGRAFO DIGITAL.
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Ante las dudas suscitadas con la entrada en vigor y aplicación de la normativa sobre tacógrafo digital, como ya os informamos en diciembre FENADISMER solicitó una aclaración a la Dirección General de Transportes por Carretera del Ministerio de Fomento, la cual nos ha contestado que las autoridades españolas se ratifican en la obligatoriedad de que los vehículos puestos en circulación por primera vez, con posterioridad al 31 de diciembre de 2005 ha de estar equipados con tacógrafo digital. |
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AYUDAS A TRANSPORTISTAS AUTONOMOS DE MAS DE 60 AÑOS QUE ABANDONEN LA ACTIVIDAD
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Con fecha de 17 de diciembre de 2005 ha sido publicada la nueva Orden Ministerial 3944/2005 por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de ayudas al abandono de la actividad para transportistas autónomos. Para la tramitación de nuevas solicitudes para 2006 será necesaria la publicación de la convocatoria para el año 2006 en el Boletín Oficial del Estado. |
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